Index . a nutrir paisaje protegido mirando por:

Cap I

Ecología de ecosistemas e hidrología urbana . 20 preguntas

confesiones . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 .

Dinámica horizontal en humedales: esteros, bañados, meandros, cordones litorales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 .

Cap II

Patrimonios en ámbitos rurales, confesiones .

17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 .

El paisaje construído en Al Maitén . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 .

Cap III

Paisajes culturales . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 .

Cap IV

El timón 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 .

Cap V

Leyes particulares . introito . 0 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . Mercedes .

Cap VI

Línea de ribera . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . distritojoven . La reina del Plata .

Cap VII

Fusis . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 .

Cap VIII

Paisajes interiores

Inmanencias . 1 . 2 . . La viga de cruce . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Joaquín Lera . . jubileo . . creación . . intangibles . . despiertanos . . entropía . . Dicha . . laudato . . Elina Chen . . Carlos Lohlé . . Guillermo Roux . . Roux y Alonso . . César Pelli . . Joaquín V. González . . Sean Carroll . . Pablo Varela . . Leónidas . . Laura . . MaríaJosé . . Romanazzi . . Daniel . . Alberti . . NicoLNOL . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . Julieta . . examen . . honestidad . . editorial . . interlocutor . . Blas . . mediohombre . . PabloF . . Pilará . . fuentes . . Prilidiano . . alma . . Miriam . . Invitación . 1 . 2 . . Edgar Morin . . tropiezos . . Patricia Pintos . . hguyotln . . Garay . . John Berger . . Meryl Streep . . encuentro . . pobrezas . . inundaciones . . Odell . . comentariosLN . . Belgrano . . Aves . . Madre Natura . . María Bertoni . . Videos . . Gladys González . . Maldonado . . ARA San Juan . . Newton . . Pfeiffer . . Da Vinci . . Santiago Kovadloff . . páthos . . thumós . . füsis . . Rolo Freyre . .

Cap IX

El cerco de la calle Ohm . index . 0 . 00 . inicio . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 .

 

 

HACE SABER SOBRE COMPULSA DE PRUEBA INFORMATIVA

CONSTITUYE NUEVO DOMICILIO

 

SEÑOR JUEZ:

Francisco Javier de Amorrortu, por mi propio derecho con el patrocinio letrado del Dr Mario Augusto Capparelli, abogado T IV F 108 (CASI), Legajo 13605 en los autos caratuldos "De Amorrortu Francisco Javier C/Pángaro Julio Arturo y otros S/Pretensión Restablecimiento o Reconocimiento de Derechos, Nº 19145 que tramita ante este Juzgado Contencioso Adminis trativo Nº 1 de San Isidro, a VS me presento y respetuosamente digo:

Objeto

Exigir el corrimiento del alambrado olímpico perimetral del barrio la Lomada del Pilar sobre la calle Jorge Ohm en toda su extensión, al deslinde que indica el plano 48-157-78 de la Dirección Prov. de Geodesia; esto es: 8,73 m hacia el NO.

Exigir el mejoramiento de las calles Jorge Ohm y Lisandro de la Torre, perimetrales del barrio la Lomada, según lo señalado por el art 3º, par h del dec 27/98

.

Resumen del trajinar

Atento a la larga duración del presente y la complejidad y volumen de la prueba rendida, vengo en tiempo y forma, habiendo compulsado los expedientes glosados a estos autos, que fueran requeridos en el auto de apertura a prueba, a fin de hacer saber al Sr. Juez todo cuanto sigue:

Esta historia da comienzo en el año 1998 cuando entre el Secretario de Obras Públicas David Marconcini y el que un año más tarde fuera Secretario de Gobierno y Hacienda Municipal, en forma íntima acuerdan ignorar las cesiones gratuitas que al Fisco hiciera el Ing. Abraham Borensztein y quedaran inscriptas en el plano de Geodesia 48-157-78, confirmando un ancho para la calle Jorge Ohm que permitiera preservar la doble hilera de antiguos pinos en el medio de la misma, conformando así un hermoso boulevard. Tal vez, el más hermoso de todo el municipio, si fuera valorado y respetado; y no partido al medio como ha quedado.

Demasiado claro está que Abraham no olvida ese regalo a la Comunidad y puso a este vasco cabeza dura a luchar por su recuerdo. Estela de espíritu que Abraham alcanzó preservando y cediendo ese boulevard hoy bien partido al medio. Que no fue error como dice Gutiérrez, que él iría a remediar con 12 años de trámites administrativos y judiciales para así burlar su generosidad. Ya verá VE 7 párrafos más abajo cuántas pruebas regala E R Gutiérrez de uso y abuso de la verdad.

De resultas de esa primera intención acordada entre Gutiérrez, titular del predio, y Marconcini para apropiarse el primero de esa franja de 8,73 m que desde hace 11 años vengo reclamando en más de 17 exp administrativos provinciales y municipales, no ha quedado ni siquiera recuerdo -pues también a este exp 9234/98 lo han desplumado- del rechazo propinado en el mes de Febrero de 1999 por la Dirección Provincial de Geodesia al plano 84- -98 firmado por la Agr Gabriela Figueras y aprobado el 17/12/98 por el Agr Javier Gómez a cargo de la Director de Catastro Técnico Municipal, conformando la base documental de ese primer exp 9234/98 con que da comienzo la historia de esta causa.

Ninguna noticia ha quedado en este expediente, reitero, del rechazo que les propinó Geodesia por la corrección que graciosamente hace la Figueras en la carátula del mismo señalando que los 23,50 m que acreditaba el plano 48-157-78 ahora se corregían al “correspondiente” 15 mts. La palabra entrecomillada apunta al acuerdo entre Marconcini y Gutiérrez.

Fue el propio Director de Catastro Javier Gómez, fastidiado por haber sido obligado a firmar ese plano que se envió a La Plata y a sabiendas de lo que se cocinaba, el que me notificó a mediados de Marzo de 1999 de ese rechazo, que así comienzo la movilización vecinal que concluye en la presentación firmada primero por 27 vecinos y luego por 44, reclamando el corrimiento del alambrado al lugar que le correspondía por plano.

Movilizaciones que dieron lugar a la temprana reacción del dúo Gutiérrez-Marconcini abriendo un nuevo exp 2476 que hiciera olvidar el traspiés del anterior y donde el primero solicitaba al Intendente Alberini la desafectación de ese excedente cedido por Abraham, que según Gutiérrez, f 1, había sido un error involuntario que él ahora contribuiría a subsanar. Allí mismo describe el valor de esas arboledas y su interés en apropiárselas “para cuidarlas”; cuando de hecho, el 30/1/01 debí denunciar al Intendente Bivort para que frenaran una salvaje motosierra de Gutiérrez que ya había cortado 200 m de las raíces que hacían de riendas frente a los pamperos, para instalar en la vía pública una red eléctrica del barrio La Lomada.

Fue el propio Director de Catastro Javier Gómez, fastidiado por terminar su mandato sin ver respuesta, el que un día antes de dejar su cargo eleva por exp 9363/99, denuncia a su superior Marconcini de estas ofensas, sin que 11 años después alguien haya tomado decisión alguna sobre estas demandas que siempre terminaron despareciendo o descansando en archivo.

La carátula del plano de la Figueras también acuerda las restricciones mínimas inexcusables en 100 m sobre las márgenes del arroyo Pinazo que surgen de la ley 6253 y más precisamente del dec regl 11368/61. Restricciones que nunca fueron respetadas a pesar de las denuncias penales que hice en la UFI 9 de San Isidro contra Gutiérrez. (ver causa 64205 (2461)), por entonces ya Secretario de Gobierno y Hacienda del Municipio, sin importarle fagocitarse la ley de Ética Pública que por ello también lo hube de denunciar en la Oficina Anticorrupción.

Acerco este recuerdo a VE pues en aquella causa de la Dirección de Hidráulica contra Manfein propietaria del barrio Los Sauces donde VE ordenara sacar el terraplén construido sobre las márgenes del Pinazo, sobre las mismas franjas de conservación ley 6253,- causa B 67491 que todavía está pendiente en S. Corte y en la que participo como tercero-; este mismo Gutiérrez había denunciado a su vecino Los Sauces por depositar en las franjas de conservación 5.000 m3 de rellenos. ¿sabe VE cuántos depositó E R Gutiérrez en la misma vereda de enfrente y sobre las mismas franjas: 350.000 m3!!! ¿Sabe VE a cuántos metros del borde del arroyo construyó Gutiérrez su sede social?: a 30 m; siendo que en la propia carátula del plano rechazado por Geodesia está muy clara la restricción inexcusable de 100 m y ningún arbitrio tenía el ejecutivo municipal o provincial para achicarla.

Sin embargo Gutiérrez igual lo consiguió e hizo lo que le dio la gana para luego ver un 18 de Abril del 2002, en la pág 16 del diario La Nación, a un tercio de página y a todo color, esa preciosa sede toda rodeada de agua. La foto era de mi autoría y no dudé en subir a un helicóptero para devolverle favor de haberme puesto 13 años a seguir sus felonías.

Todas estas referencias apuntan a describir al personaje que siempre se preció de ir en jet a Olivos, pero que bien poco favor hace al Estado con sus comportamientos.

Suena a clara tomadura de pelo la cantidad de veces que la Dirección de Catastro fue solicitada a confirmar el desfasaje del alambrado en los precisos 8,73m reclamados hacia el NO para simplemente dar cumplimiento a lo acordado en el plano de Geodesia que acreditaba el regalo que Abraham había hecho; con tal entidad que hasta los árboles aparecen dibujados en medio de esa traza de 23,50 m, para que nadie dudara de lo que trataba esa intención.

Si VE quisiera verificar en imágenes aéreas las vistas a ese preciso lugar y a todo este historial, apuntando http://www.elcercodelacalleohm.com.ar logrará verificar in situ de qué entidad de lugar y paisaje hablamos.

Los 16 tomos impresos y encuadernados presentados al Juzgado CA Nº2 de La Plata en la causa 10699/06 ilustrando toda esta demanda, prueban mi disposición a cumplir con Abraham y a favorecer al bien común en una vecindad que siempre consideró aprecios a esta causa.

Volver a relatar por centésima vez lo que he expresado en estos 11 años en más de 17 exp administrativos, uno penal y este Contencioso Administrativo, me revuelve las tripas y roba tiempo para tareas comunitarias de bastante mayor peso específico.

Sólo alcance VE a imaginar de qué me ha servido este esfuerzo, que incluye denuncia penal al Marcelo Píccolo que siguió a Marconcini por hacer desaparecer en una semana más de 2000 expedientes de su Secretaría de Obras Públicas -entre ellos los míos-; y denuncia penal a Gutiérrez por haber buscado favor para la aprobación de la Convalidación Técnica Final de su barrio la Lomada, sin siquiera contar con el plano de mensura, subdivisión y englobamiento aprobado, sin respetar las franjas de conservación que le indica la ley 6253 y la propia Figueras le recuerda en la carátula del plano en el exp 9234.

Pero, estas historias, si bien pintan al personaje, van por otros caminos que aparecen prolijamente publicados en la web y también forman parte de la carpeta 28 de Pilar, que especialmente dispuso el Director del Archivo Histórico de Geodesia en La Plata abrir, para hospedar los más de 20.000 folios de reclamos administrativos y judiciales que a lo largo de 13 años me han hecho sentir útil y colaborador de nuestro Padre Común, el Estado; causas estas, especialmente ligadas a temas de hidrología urbana; sin jamás haber pedido ni buscado algo personal en esos tránsitos. Ver Apéndice 9 de Los expedientes del valle de Santiago” con 27 declaratorias penales por http://www.delriolujan.com.ar/EVS_1.html

Ver por http://www.delriolujan.com.ar/EVS_2.html

De estos esfuerzos he recibido lucro en aprecios, siendo mucho más lo que he aprendido: Y prueba de ello son las 5 causas (hoy 47) en S. Corte Suprema de Provincia: http://www.hidroensc.com.ar

Probando cuáles han sido mis provechos; sin pedir nada que no fuera ayudar a estructurar criterios preventivos y con el mayor aprecio a legislación muy específica, a evitar se asentaran núcleos urbanos en valles y planicies de inundación.

Pero volviendo al objeto de esta causa, toda la tarea realizada en Fiscalía de Estado, Ministerio de Gobierno, Subsecretaría de Asuntos Municipales y Dirección Provincial de Catastro Territorial referida a este tema del corrimiento del cerco perimetral, jamás recibió otra respuesta que el ocultamiento o desaparición de expedientes, embrollos administrativos bien provocados, respuestas en el círculo cerrado que conducían al archivo y por ello, a pesar de haber denunciado originalmente a un Vice ministro de Gobierno Provincial, luego Senador y miembro del Colegio de la Magistratura, a tres intendentes y a una lista interminable de funcionarios de menor rango, considero que VE ya tiene demasiado trabajo como para dedicar a las historias de este alambrado, cuya trascendencia excede con creces su realidad matérica, para descubrir a desalmados dedicados a estimular el abuso del poder discrecional del ejecutivo provincial y municipal, que así destruyen al Estado y hieren el ánimo de la Comunidad.

Tan poco sincero en sus comportamientos, que habiéndose preciado de ser el Padre intelectual del decreto 27/98 sobre barrios cerrados, ni siquiera es capaz de cumplir con el tratamiento obligatorio de la calzada, tanto de la calle Ohm como de la calle Lisandro de la Torre, perimetrales de su barrio, como lo señala el art.3, parágrafo”h”, de su decreto 27/98, que aquí por centésima vez solicito su obligado cumplimiento.

La intervención del Juez de Faltas Sebastián Zamarripa, con 5 expedientes solicitando su intervención, también sirvió para disfrazar con una disposición suya otra distracción a la causa, pues lo que él decidió nunca le había sido solicitado en expediente alguno. Sacar un portón de alambre que los vecinos del barrio lindero a La Lomada habían colocado en uno de los extremos, no hacía, reitero, a nada de lo demandado.

Si VE quisiera mirar de reojo los viejos expedientes municipales que gracias a esta demanda vuelven a aparecer luego de denunciadas sus desapariciones, sugiero observe el tenor de mis intervenciones de los días 7, 8, 11 y 15 de febrero del 2000, editados en Los expedientes de la calle Ohm, Págs 35 a 58, para advertir el nivel de desidia, de irrespetuosidad y de todo lo que VE quiera imaginar reflejan estos comportamientos, que jamás alcanzarían bien alguno para la Comunidad, o para ellos mismos.Eduardo Ramón Gutiérrez no necesita promover esta clase de comportamientos para ganar dignidad en su paso por este mundo y ya tiene edad para darse cuenta del daño que funda con su ejemplo en el alma del funcionario público al que él invita o compele a participar en la degradación de los frutos que siembra el espíritu en el alma del Estado.

¿Hasta dónde trascienden estos ejemplos el costo del “favor” solicitado de tantas formas por Eduardo Ramón Gutiérrez a los tres intendentes involucrados en esta demanda?

Hasta dónde su inteligencia se puede preciar de ignorar que este simple alambrado podría ser de oro con todo el esfuerzo que ha costado; y que ese oro sólo representa lo que ha buscado toda la Vida, repitiendo el comportamiento de atropellados conquistadores de todas las épocas; que bien cabe imaginar pudieran haber dejado huellas de tremendo dolor en sus ancestros, pero que no se resuelven con esta devolución de más miseria en los ejemplos que en la Administración Pública siembra.

En la imagen que sigue faltan los expedientes penales y contenciosos admnistrativos

Conclusiones

Por ello solicito de VE se digne evaluar, viendo esa voluminosa pila de papeles y conociendo del premio que le fuera concedido a su Juzgado por el tratamiento ordenado de sus despachos, que estos esfuerzos, los de VE, los de este actor y los del pobre Padre Común, el Estado, evaluar, reitero, si hubieran sido gratuitos para contribuir a estos comportamientos propios de almas muy mal dispuestas, y disponga el corrimiento del alambrado perimetral del barrio La Lomada al deslinde indicado en el plano de 48-157-1978, exigiendo al Intendente el monitoreo de la tarea a cumplir en un plazo no mayor a 30 días corridos. La tarea a realizar no lleva más de tres días. Y la forma de estimularla, dado que bien reconocen nula voluntad a cumplir nada, sea obligar a retirar de inmediato el alambrado existente para que no sigan jugando con estos destinos.

Al mismo tiempo, solicito a VE haga cumplir lo establecido en el art 3º, parágrafo “h” del decreto 27/98 que saliera dispuesto por el propio espíritu de Eduardo Ramón Gutiérrez y ambas calles perimetrales alcancen el mismo mejorado que lucen las calles interiores del barrio la Lomada.

 

Desisto de prueba pendiente

La pila de expedientes arrimados a esta causa, todos sin excepción probando la ineptitud completa y los vicios más reiterados para atender una solicitud, la más simple e inocente que nadie lograría imaginar, como lo es mirar un plano de Geodesia aprobado hace 32 años y dar por terminada la cuestión, sirvan para probar el daño que este ex funcionario y empresario ha sembrado con su pretensión; que a no dudar, hasta que no reciba premio en su conciencia, seguirá insistiendo. Y eso se verá en los esfuerzos que aún restan para ver ese alambrado en el lugar que dispuso Abraham para realzar belleza.

Por el momento, la sola entidad de esta pila de papeles merece imagen para su divulgación y constituyen sus aberrantes torneos administrativos plagados de burlas, reiteraciones, desvíos, desapariciones, pérdidas, sustracciones, juicios desviados distractivos y, -a excepción del comportamiento de los funcionarios de la Dirección de Catastro Técnico Municipal, que siempre con fidelidad humana han respondido-, huellas de vacío de comportamiento desde las más altas esferas de Secretarías Municipales y su correlativa provincial Subsecretaría de Asuntos Municipales e Institucionales, desde ellas hacia arriba, incluyendo un viceministro de Gobierno provincial y tres intendentes de Pilar, sobrados elementos de riqueza de desquicios para clausurar esta etapa e ingresar a la sentencia. Por ello desisto de toda prueba pendiente; pues donde se revuelva sólo encontraremos el mismo vacío constitutivo de ese oro por el que todos se afanan.

 

Petitorio

1 . Se tenga presente lo expuesto y las conclusiones sobre la prueba informativa.

2 . Se tenga presente el desistimiento de prueba pendiente.

3 . oportunamente se dicte sentencia haciendo lugar a esta demanda y en consecuencia ordenando retirar el alambrado olímpico perimetral del barrio la Lomada en el tiempo y bajo el apercibimiento que VS considere apropiados para alcanzar eficacia viendo estos antecedentes.

4 . en orden al carácter ambiental del contenido del presente, y el rol del Juez en este tipo de procesos, se ordene cumplimentar el mejoramiento de las calles Jorge Ohm y Lisandro de la Torre, perimetrales del barrio la Lomada tal cual lo señala el art 3º par h del dec 27/98

 

Proveer oportuna conformidad a lo solicitado será justicia 

Francisco Javier de Amorrortu  

Mario Augusto Capparelli

T IV F 108 (CASI)

 

Antecedentes administrativos . index . cerco . 0 . 00 .

Presentaciones en el JCA Nª2 La Plata . inicio . 1 . 2 .

Presentaciones en el JCA Nª1 de San Isidro . 3 . 4 . 5 .

Apelación a Cámara de San Martín . 6 . 7 . Fallo . 8 .

Recursos ante SCJPBA inaplicabilidad . 9 . queja. 10 . extraordinario. 11 .

Recurso de Queja en CSJN . 12 .

Petición ante la CIDH . 13 y observaciones al fallo de CSJN. .

Imágenes actuales de la calle . 14 .