Index . a nutrir paisaje protegido mirando por: Cap I Ecología de ecosistemas e hidrología urbana . 20 preguntas confesiones . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . Dinámica horizontal en humedales: esteros, bañados, meandros, cordones litorales . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . Cap II Patrimonios en ámbitos rurales, confesiones . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 38 . 39 . El paisaje construído en Al Maitén . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . Cap III Paisajes culturales . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . Cap IV El timón 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . Cap V Leyes particulares . introito . 0 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . Cap VI Paisajes interiores Inmanencias . 1 . 2 . . La viga de cruce . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Joaquín Lera . . jubileo . . creación . . intangibles . . Carlos Lohlé . . Guillermo Roux . . César Pelli .
Ley particular de criterios hidrológicos . Leyes particulares de cuencas muertas y régimen preambiental de aguas. Mirada integral desde termodinámica de sistemas naturales abiertos en planicies extremas, para enfocar la muerte de los flujos del río Reconquista, desquiciados por delitos ecológicos desde mucho antes de encontrar el tapón fenomenal de su frustrada salida al río Luján. Ley particular de los flujos del Reconquista Ley particular que busca prevenir usos de suelos en las riberas, que por art, 5º del dec 11368/61, art 59 de la ley 8912 y arts 2340, inc 4º, 2577 y 2572 del CC, caben sean preservados para destino de las remediaciones de las dinámicas del río Reconquista y a la espera de los Procesos de remediación ecológica correspondientes. Ya sean por ley particular o por vía judicial. Haciendo foco particular en los Kms 7 a 8 y 11 a 11,5, a contar de la boca hacia aguas arriba, donde se verifican conflictos con estrechamientos provocados por invasiones de riberas y puentes que lo cruzan, que así provocan sombras y sedimentaciones, pequeños anticipos de las dinámicas en estado catatónico que lucen los apestosos líquidos del Aliviador antes de llegar al tramo final de su frustrada salida al Luján Primeros antecedentes de estas ecologías Corredores de flujos termodinámicos A mi Musa Alflora, a quien toda mi creatividad y animosidad debo. Los elementales gráficos que siguen tal vez logren acompañar la breve conceptualización aquí esbozada. La técnica ha aplicado por siglos tan ricos como hoy torpes provechos de los procesos convectivos externos. Sin embargo en materia de convecciones internas todavía tiene mucho que aprender de la Naturaleza. Estos delicados procesos son los responsables de mover la corriente cálida del Golfo a través de miles de kilómetros, con un mínimo gasto pues la capa límite térmica lo preserva en su sistema. La energía de este corredor es 100 veces más grande que toda la energía consumida por el hombre en el planeta. Y nadie se percata de ello. Canal artificial hidrodinámico Estos canales reconocen primaria y hoy torpe obranza humana. Su profundidad, ancho constante y riberas duras con tablestacados y/o rellenos, en nada favorecen procesos convectivos; los únicos capaces de poner en movimiento el agua en los cursos sin pendiente de las grandes planicies Si al planteo intelectual de mecánica de fluidos atado a un viejo catecismo le sumamos las formidables disociaciones moleculares que exhiben nuestras aguas deltarias y ribereñas estuariales, la parálisis es completa y más que suficiente para definir a estas cuencas como “endorreicas”.
Las llamadas "costas blandas y bordes lábiles" habilitan conciencia y respeto de suaves pendientes marginales enlazando transferencias de energías convectivas desde esteros y bañados aledaños. Estas áreas de mayor temperatura sostienen rica acumulación térmica y fundan el despegue del proceso convectivo interno, que a poco, en mayor gasto, deviene externo; transmitiendo su advección al eje más profundo del corredor central. La suave convección interna en los bordes evita la erosión de las riberas enriqueciendo aprecios limnológicos. Lo que cuenta en estos corredores es el sostén armonioso de los procesos de transferencia de energía. Esta versión de los cursos naturales reconoce en ellos anchos crecientes a medida que se acercan a su salida para compensar el gasto de la convección externa, transfiriendo su energía y su advección al eje del corredor central; sin importar las pendientes. Luego, a su salida deberá reconocer otros problemas a superar mediante las lecciones que siempre regalan los cordones litorales; las motivaciones que fundan las derivas litorales estuariales y las complicaciones que fundan la mayor hipersincronicidad en ellas. Así las diversas páginas de http://www.alestuariodelplata.com.ar acerca capítulos muy ilustrados sobre estos temas de formación de cordones; de hidrogeomorfología histórica; de grandes y prolijas acreencias territoriales debidas a sus multiplicaciones; de cordones que quedaron ilustrando los bordes de antiguos glaciares; de procesos de convección interna y externa en sus riberas opuestas; de erosión de playas debidas a obranzas que nunca imaginaron el valor de la deriva litoral para precisamente protegerlas, cuando de hecho todas las obranzas de escolleras han perseguido cercenarla sin éxito, pero con adicionales procesos erosivos acoplados; del epílogo de la teoría de la ola oblicua responsable en los catecismos de la formación de los cordones; de los restos de cordones en nuestras riberas bonaerenses; de las salidas tributarias naturales en la costa atlántica y en las riberas estuariales argentinas y uruguayas; de los bastardeos en las salidas de los tributarios estuariales; de las funestas salidas de los canales obrados por el hombre en Samborombón; de la disociación molecular en la salida del Aliviador del Reconquista al Luján; de la nueva salida propuesta para el exhausto Riachuelo bordeando Tandanor; de los tapones en el Paraná Miní; del antiguo y valioso canal de los Pozos de la Barca Grande; de las múltiples bocas del emisario de hidrocarburos de Campana; de los nuevos puertos del Paraná; de las antiguas salidas deltarias del río Las Conchas, Escobar, Garín y Luján directas al profundo estuario; de las afloraciones del Querandinense; de los estanques hidrológicamente insustentables cavados en él; de la floculación y coalescencia sedimentaria que agrava la disociación de estas aguas; de los cuidados de las riberas estuariales urbanas; de los respetos a las líneas de riberas urbanas; de la hidrología cualitativa y cuantitativa urbana; de los recaudos legales en hidrología urbana; de las demandas judiciales; de sus fallos; de los reclamos de inconstitucionalidad en la Suprema Corte; de su acordado interés legímo; de las denuncias administrativas en más de 17.000 folios durante largos 12 años; que tal vez den lugar a sospechar la sencilla tarea de controvertir estos enfoques y comunicaciones; que quien esto suscribe, a pesar de su libertad y entrega no alcanza a generar las precisas respuestas que de los más responsables siempre espera. Francisco Javier de Amorrortu, Otoño del 2008. Panorama de desenfoques hidrológicos y ausencia de todo criterio de ecología de los ecosistemas que participan sus aguas y sus riberas a la sangría mayor. Que deberán considerar que un curso de agua en planicies extremas no es remplazable por un sarcófago hidráulico al cual se le acoplan otras tantos sarcófagos hidráulicos, cada uno de los cuales se ocupan de liquidar las pocas energías convectivas que sus aguas habían acopiado en el camino Frente a estos enfoques particulares de la extensa cuenca por donde cabe comenzar los Procesos judiciales de remediación, pues sin ellos no hay, ni análisis, ni debate, ni remediación, sino solo un COMIREC analfabeto autárquico, el plan de saneamiento propuesto por dec 3202/06, mezclando eventos máximos con polución ambiental -a la que llama contaminación-, prueba estar mirando por banda política estelar la suma de todas las generalidades que pretende administrar. En sus considerandos este dec 3202/06 señala que “la principal causa de la contaminación es la falta de sistemas de saneamiento”, cuando hecho no hay tal contaminación, sino que todo, por desconocimiento primario de estas ecologías, devino hace décadas en polución interminable mostrando hoy todas las dinámicas de flujos ordinarios mínimos soberanamente MUERTAS. Un reciente informe del COMIREC señala: A partir del diagnóstico realizado por Halcrow de la situación socio-ambiental, legal-institucional y de las expectativas locales existentes respecto al desarrollo de un Plan de Gestión Integral para la Cuenca del Río Reconquista, en la última ronda de trabajo mantenida - Misión BID del 14 al 18 de noviembre de 2011 -, quedaron definidas y acordadas las siguientes cuestiones: i) el alcance para la preparación de los proyectos ejecutivos, ii) la estrategia de preparación de los Términos de Referencia del Plan de Gestión Integral de la Cuenca, iii) los aspectos claves de la preparación de la estrategia de comunicación del COMIREC, Para el desarrollo y puesta en marcha del Plan Director de cloacas, el Banco otorgará una Cooperación técnica NO REEMBOSLABLE. Como era obvio que se comían crudo todo el Proceso Ambiental, el BID les regalaba la famosa Evaluación de Impacto Ambiental hecha en Washington City, que fue el primer chispazo de alerta del FRAUDE que querían con ese mamarracho evaluatorio tapar. Interesa observar la ligereza después de 8 años de haber decretado el PGICRR -por cierto sin ley particular que fundara los indicadores ecosistémicos críticos que permitieran orientar los estudios de impacto ambiental; sin esos estudios y sin audiencia pública alguna, darse a contratar a una de las consultoras hidráulicas más importantes del planeta para hacer un diagnóstico de la situación socio-ambiental, legal-institucional y de las expectativas locales existentes respecto al desarrollo de un Plan de Gestión Integral para la Cuenca del Río Reconquista. En lugar de poner a Halcrow a hacer hidrología de flujos ordinarios mínimos -base de cualquier mirada ambiental y soporte mínimo para empezar a tallar en las disociaciones de gradientes térmicos e hidroquímicos que abren mirada a sistemas termodinámicos naturales y abiertos-, resuelven aceptar una fraudulenta evaluación ambiental del BID y organizar una audiencia violando la ley 13569 de audiencias públicas en todos sus artículos y festejar los intercambios de opinión por medio de tweets. Estos planteos políticos solo aparecen destinados a dar respuestas consoladoras a las poblaciones de la cuenca, sin jamás advertir que las miradas ecológicas a ecosistemas termodinámicos naturales abiertos, son anteriores a las “ecologías” políticas a las que la UNGS, vecina de esta cuenca, dedicará un próximo congreso internacional para festejar nuevas semiologías que den más volatilidad a las instituciones de la República. Tan extendida red de despistes legales despreciando el orden de los factores que al parecer en inútil pleonasmo legislativo exhiben los arts 2º, inc e y 6º de la ley 25675, ponen de manifiesto la necesidad de machacar con leyes particulares cargadas de especificidades ecológicas que permitan orientar la primera tarea que cabe por ley oficiar; ésto es: Procesos de remediación que hagan foco en los gradientes térmicos e hidroquímicos de los que depende el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos y a los que la mecánica de fluidos no ha prestado en 300 años la más mínima atención.. Para ello resulta necesario en al menos estos últimos 12,5 km del tramo final de la cuenca, comenzar a hacer acopio de registros de gradientes térmicos, de gradientes hidroquímicos, de perfiles transversales y de imagen satelital de la más alta resolución que permitan enfocar los lugares más comprometidos con estas disociaciones que desquician todos los recursos termodinámicos naturales y artificiales. Inútil dar satisfacción a un intendente de Morón para hacer cloacas, si el agua no se mueve. Antes debemos mirar por ecología de ecosistemas termodinámicos naturales abiertos y resolver la muerte de los flujos ordinarios mínimos del Reconquista de los que ni Halcrow acerca palabra. La visión que cultive las ecologías de estos ecosistemas termodinámicos pronto advertirá que tener un curso de agua que en sus últimos 25 Kms prácticamente conserva el mismo ancho -con inclusión de estrecheses en los kilómetros apuntados al comienzo del escrito-, solo descubre un sarcófago con aguas momificadas. Por ello la necesidad de advertir que en estos enfoques termodinámicos se abren prevenciones de respetos a riberas aún no ocupadas por el hombre, que deberemos cuidar e impedir su uso hasta tanto se resuelvan los Procesos de remediación que reclaman paso obligado por la Justicia. La alternativa preventiva cabe generarla por ley particular y a ello apuntan estos escritos que hacen diferencia a la ley particular apuntada en /leyparticular7.html para prevenir la ocupación de los 300 m de ancho de los suelos que siguen al barrio cerrado Albanueva en los últimos tramos de la salida del Aliviador del Reconquista al río Luján. Esta adicional ley particular apunta a prevenir la ocupación de suelos ribereños a lo largo de últimos 12,5 Km del curso, que un día, proceso de remediación ecológica mediante, permitan obrar sus disposiciones. Es necesario regenerar este curso con mínimas aptitudes termodinámicas y condenar toda política que proponga continuar con las presuntas aptitudes dinámicas -fruto de modelaciones extrapolando energías gravitacionales-, de nuestros sarcófagos en planicies extremas con pretensiones ·"hidráulicas" que solo se advierten en parte válidas en oportunidad de asistir escurrimientos de eventos extremos, resultando funestos si consideramos sus aptitudes para asistir las dinámicas de los flujos ordinarios mínimos. Después de 300 años de aplicar la ciencia criterios mecánicos e ignorar los gradientes y enlaces que iluminan las ecologías de estos ecosistemas termodinámicos, resulta necesario considerar por vía legslativa la obligación de poner el foco en los equilibios de las dinámicas de los sistemas ecológicos y dejar que la ciencia hidráulica haga terapia de estos abismos cognitivos que a ella, a sus academias y a sus catecúmenos les llevará un siglo de asistencias espirituales asumirlas, tras considerar en esas terapias la monumentalidad de los horrores cometidos en obras inútiles y en daños a los enlaces de los recursos termodinámicos que dan Vida a estos ecosistemas. Esta disposición legislativa provincial ya viene solicitada por presupuestos mínimos establecidos en los arts 2º, inc e y 6º de la ley Gral del Ambiente. Estos panoramas caben verse desarrollados en casi un millar de hipertextos en media docena de páginas web. Por ello reiteramos: para facilitar la tarea judicial y legislativa proponemos el camino de leyes particulares con focos muy precisos que vayan sacando a la luz ajustados enfoques sobre estos temas. Antecedentes judiciales en SCJPBA I 72832 visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte 132.html y I 73114 visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte 138.html con inclusión del Hecho Nuevo por http://www.hidroensc.com.ar/incorte 146.html que trata de la prevención de la franja de 300 m a lo largo del barrio cerrado Albanueva, que deberá quedar reservado para la adecuación de la salida del Aliviador al río Luján. Fundamentos La suma de calamidades obradas por la mecánica de fluidos en función de modelaciones matemáticas fabulando energías gravitacionales donde no las hay y ahorrándose mirar por las complejidades termodinámicas presentes en estos cursos de agua en planicies extremas, nos encuentra hoy con la tarea de tener que enfrentar un cambio de paradigma tan complicado de asistir renovación, como este Reconquista de recibir remediación. Hemos diferenciado los problemas de la salida al cauce del Luján que reclaman una previa o simultánea gran transformación en el cauce del río Luján y sus aprecios termodinámicos e hidroquímicos que caben ser considerados a lo largo de sus últimos 20 Km, de estos que proponemos para los 7 Kms del curso del Aliviador y 5,5 Km que le anteceden del Reconquisra. En esta ley particular que aquí fundamentamos, consideramos la necesidad de prevenir las reservas de uso del suelo en las riberas a lo largo del curso del Aliviador que permitan ir paso a paso ajustando los anchos y perfiles que vayan disponiendo el gradiente de ligera menor temperatura determinante de la advección. Resaltamos la destrucción de las energías convectivas de los afluentes represados por obranzas destinadas a paliar el efecto de las inundaciones. Desperdicios del ojo mecánico que nunca miró por este tipo de energías que reconocen memoria convectiva en sus apoyos en los fondos de los cauces por donde transita. Una vez violadas las leyes que piden respetos hidrológicos de sus márgenes naturales, viene en asistencia la mecánica de fluidos consagrando sarcógafos que tanto asisten para paliar las inundaciones, como liquidan los recursos termodinámicos que asisten los flujos ordinarios mínimos a cargo de las dispersiones de nuestras miserias diarias. Costas duras, tablestacadas, alteadas, rellenadas, eliminación de meandros, de esteros y bañados aledaños, de costas blandas y bordes lábiles, todo ha sido desquiciado. Esto, en lo que hace a los gradientes térmicos que asisten la advección. De los gradientes hidroquímicos mejor ni hablar. Síntesis enunciativa que anticipa trabajos de remediación para varias generaciones. Los procesos que caben a estas remediaciones son judiciales. Por tanto habrá que sumar paciencia también en estos obligados tránsitos, que en no pocas situaciones la Legislatura tiene al alcance de su mano considerar. Articulado 1º Resérvense las riberas del Aliviador del Reconquista para fundar allí las remediaciones de las dinámicas de sus aguas, respetando y haciendo respetar los arts 2340, inc 4º, 2572 y 2577 del Código Civil; así como el art 59 de la ley 8912; el art 101 del dec 1549/83, reglamentario de la anterior, el art 5º del dec 11368/61, reglamentario de la ley 6253 y la ley 6254 en lo que hace a prohibición de fraccionamientos en tierras con cota natural por debajo de los 3,75 m IGM. 2º Recuérdese el orden de los factores a considerar por presupuestos mínimos apuntados en los arts 2º, inc e y 6º de la ley 25675; dando la debida prioridad a las remediaciones ecológicas, frente a las ambientales 3º Desestímese considerar la ley 14343 sobre regulación de identificación de pasivos ambientales cuando se consideren pasivos ecológicos. Los 9433 caracteres de esta ley no reconocen una sola letra de ecología de ecosistemas. 4º Queda establecido que los Procesos de remediación de delitos ecológicos que hagan foco en cuestiones de ecología de ecosistemas termodinámicos naturales y abiertos, sean tratados en foros del Poder Judicial en tanto se demore la legislación particular que asuma su consideración; por lo que, a cualquier demanda de este tenor se le reconozca acceso en forma directa sin necesidad de mediación o pasaje previo por foros administrativos del Poder Ejecutivo como lo señala la ley 14343. Adviértase en la parte inferior de esta imagen cómo los flujos hipopicnales de las plantas de tratamiento a la derecha, tienen completa prioridad de ingreso al cauce que debería compartir. Estos temas, que no resultan favoritos de la mecánica de fluídos, son los que la ecología de estos ecosistemas termodinámicos se aprestan a asistir.
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